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Informes

REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE MICHOACÁN

 CAPÍTULO TERCERO
De Las Atribuciones Del Auditor Superior
 
Artículo 8. El Auditor Superior, tendrá las siguientes atribuciones no lo delgables
 
IX. Presentar a la Comisión, los informes a que se refiere la Ley, conforme a los plazos establecidos;
 
 

LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS

 
TÍTULO CUARTO
De la Información y Rendición de Cuentas
CAPÍTULO ÚNICO
 
Artículo 58. Los Entes Públicos se sujetarán a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para presentar la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública.
Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.



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